INFORME TÉCNICO-URBANÍSTICO
Anulación definitiva de la modificación puntual del PGOU de Sant Pere de Ribes relativa al Autódromo de Terramar
Por Luis Toribio Troyano, Ingeniero Industrial Superior
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado sentencia firme que anula íntegramente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobada por el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes y respaldada por el Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de la Generalitat.
Irregularidad procedimental de origen (causa principal de nulidad)
La Comisión Territorial de Urbanismo del Penedès carecía de competencia para aprobar el expediente. La competencia exclusiva correspondía a la Comisión de Territorio de Cataluña. Este vicio de forma invalida de raíz todo el procedimiento administrativo, sin necesidad de entrar en el fondo del proyecto. Se trata de un error de bulto que cualquier ingeniero que haya tramitado expedientes urbanísticos detectaría en la primera revisión de competencias.
Reclasificación ilegal de suelo protegido
El plan pretendía reclasificar 7.100 m² de suelo incluido en:
- Espacios PEIN (Plan de Espacios de Interés Natural), y
- Red Natura 2000
a suelo urbanizable. La sentencia declara expresamente que dicha reclasificación es nula. Estos terrenos conservan íntegramente su protección ambiental.
Incumplimiento de estándares de seguridad y riesgo natural
Se anulan también las designaciones como “espacios funcionales” de:
- Zonas verdes y libres con pendientes de hasta el 40 % (no cumplen normativa de seguridad ni accesibilidad),
- Tramo de la Riera y áreas inundables (riesgo evidente de inundación).
Cualquier ingeniero civil o industrial que haya trabajado en ordenación territorial sabe que estos parámetros son innegociables. Su inclusión en el proyecto era, técnicamente, indefendible.
Consecuencias directas para el macroproyecto
La modificación puntual queda sin efecto. El Autódromo de Terramar no podrá avanzar en los términos planteados. Cuatro años de trámites, informes y alegaciones se evaporan por una chapuza procedimental y por pretender urbanizar suelo de alto valor ecológico que nunca debió salir de su protección.
La sentencia es fruto del recurso interpuesto por Guanyem Sitges, UM9/CUP Construïm, CUP de Vilanova i la Geltrú y la Plataforma Verda de l’Autòdrom.
Rueda de prensa abierta al público
Martes, 12 de noviembre, 11:00 h
Lugar: Autódromo Terramar (acceso por Rocamar)
Se ofrecerán detalles técnicos de la sentencia y se informará de los siguientes pasos.
Sentencia completa (PDF):
Como ingeniero, solo puedo constatar lo evidente: cuando se vulnera la normativa, cuando se ignoran las competencias y cuando se pretende reclasificar suelo protegido sin base técnica, tarde o temprano la ley —y la realidad física del territorio— acaban imponiéndose.
El proyecto vuelve a la casilla de salida. Y esta vez con un precedente judicial muy claro.
